Derecho de Familia

Derecho de Familia

El Derecho de Familia es un conjunto de normas que regulan la institución de la familia desde su perspectiva natural y social, que se encuadra dentro del Derecho Civil y los principales aspectos regulatorios son el matrimonio, la filiación y la tutela de menores de edad o incapaces.

Asesorías en Materias de Derecho de Familia

Divorcios (Mutuo Acuerdo, Unilateral y Culposo)

Un divorcio Mutuo Acuerdo, consiste en que ambos cónyuges deciden divorciarse teniendo como requisito mínimo un año de cese de convivencia. En el divorcio Unilateral sólo uno de los cónyuges es quien desea el divorcio, teniendo como requisito mínimo 3 años de cese de convivencia. El divorcio Culposo procede cuando uno de los cónyuges haya incurrido en una violación grave a los deberes y obligaciones del matrimonio o para con los hijos, lo que hace intolerable la vida en común, o tiene requisitos en cuanto a tiempo mínimo de cese de convivencia.

Reconocimiento de Paternidad

Cuando un padre no realiza el reconocimiento de un hijo en forma voluntaria, la madre podrá ejercer ese derecho judicialmente, demandando al presunto padre, donde un juez de familia determinará si existe relación de descendencia.

Relación Directa y Regular

Esto es lo que comúnmente llamamos “Régimen de Visitas”, y es el derecho que tiene el padre o la madre, quien no tiene el cuidado personal del hijo, a mantener un contacto permanente y estable con el menor. Así mismo, los abuelos por línea materna o paterna, incluso tíos del menor también lo pueden solicitar.

Alimentos (Regulación, Rebaja o Cese)

Es el derecho que tiene una persona a demandar a otra, que tenga los medios para proporcionarlos, para su subsistencia y así cubrir sus necesidades de habitación, abrigo, alimentación, salud, etc. La ley señala a quienes se puede demandar en el siguiente orden: a) Cónyuge, b) Descendientes, c) Ascendientes, d) Hermanos, e) A todo aquel que hizo una donación cuantiosa que no haya sido revocada.

Protecciones (Vulneración de Derechos)

Son todos aquellos asuntos en que aparezcan niños, niñas o adolescentes gravemente vulnerados o amenazados en sus derechos, respecto de los cuales se requiera adoptar una medida de protección conforme al artículo 30 de la Ley Nº16.618.

Adopciones

Consiste en el acto de recibir como hijo, con los requisitos y solemnidades que establecen las leyes, al que no lo es naturalmente. Tiene por objeto velar por el interés superior del adoptado y amparar el derecho a vivir y desarrollarse en el seno de una familia.

Violencia Intrafamiliar

Es todo maltrato que afecte la vida o la integridad física o psíquica de quien tenga la calidad de cónyuge o una relación de convivencia con el agresor, o también sea pariente por consanguinidad o afinidad. También habrá violencia intrafamiliar cuando el maltrato recaiga sobre una persona discapacitada o de tercera edad, y que se encuentre bajo cuidado o dependencia de cualquier integrante del grupo familiar.

Separación Judicial

Es aquella que procede por sentencia judicial firme, dictada por un juez de familia a petición uno de los cónyuges, o de ambos, y que produce la suspensión de los deberes conyugales de vivir en un hogar común, fidelidad y cohabitación, creando para ambos cónyuges un nuevo estado civil, el de separados.

Cuidado Personal

Es aquel cuidado personal que se tiene de un menor establecido por un juez de familia, a través de una sentencia firme y ejecutoriada, cuando las circunstancias así lo exijan, velando siempre por el interés superior del niño.

Declaración de Bien Familiar

Declarar un bien familiar permite limitar las facultades de disposición y administración de ciertos bienes (muebles e inmuebles) que son de propiedad del cónyuge; así, se resguarda judicialmente la vivienda que sirve de residencia principal a la familia y los bienes muebles que guarecen en ella.

Otros

  • Salida de menor fuera del país
  • Autorización segundas nupcias
  • Patria potestad
  • Impugnación de filiación
  • Emancipación
  • Autorización enajenación bienes de un menor

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